Fuente: Villaverde
La drogodependencia es un trastorno multifactorial que suele manifestarse como una enfermedad crónica recurrente seguida de fases de recuperación. Atendiendo a su escasa visibilidad como problema de salud, un importante porcentaje de personas afectadas son estigmatizadas y carecen de acceso a servicios de tratamiento y atención.La escasa visibilidad de la drogodependencia como un problema de salud ha llevado a que muchas personas afectadas sean estigmatizadas y excluidas del acceso a servicios de tratamiento y atención adecuados. Se calcula que en la actualidad, 250 millones de personas consumen drogas ilícitas, de las cuales 38 millones son drogodependientes. Solamente 4,9 millones tienen tratamiento y atención científica controlada.
Ley 26657 sobre la protección de la salud mental de todas las personas y el pleno goce de los derechos humanos de las personas con padecimiento mental.
Art. 1° - La presente ley tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional, reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional, sin perjuicio de las regulaciones más beneficiosas que para la protección de estos derechos puedan establecer las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 3° - En el marco de la presente ley se reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona. [...]
Art. 4° - Las adicciones deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental. Las personas con uso problemático de drogas, legales e ilegales, tienen todos los derechos y garantías que se establecen en la presente ley en su relación con los servicios de salud.
A/65/255 - 6/8/2010 Nuevo enfoque de fiscalización de drogas basado en los derechos humanos: Informe del Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental
17. La salud es un derecho humano indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos. Los países que aplican sanciones extremadamente punitivas también violan otros derechos de los consumidores de drogas[...]
18. La penalización del consumo y la tenencia de drogas constituye una violación de varios derechos humanos, incluido el derecho a la salud. Otras infracciones del derecho a la salud son menos directas, pero se derivan del desvirtuado objetivo del régimen internacional de fiscalización de drogas: por ejemplo, el acceso insuficiente a medicamentos esenciales. El Relator Especial considera que cada una de esas violaciones tiene su origen en última instancia en la atención desproporcionada que se da a la penalización y las prácticas de aplicación de la ley a expensas del disfrute del derecho a la salud y la reducción de los daños asociados a las drogas.
48. Resulta prioritario que se adopte un enfoque basado en los derechos humanos en la lucha contra las drogas para prevenir las continuas violaciones de derechos derivadas de los enfoques aplicados actualmente a la restricción del suministro y la demanda, y que se avance hacia la creación de un sistema humano, que cumpla sus propios objetivos en materia de salud. En la actualidad, existe una falta de coordinación y de debate entre los organismos que se ocupan de la lucha contra las drogas y los que se ocupan de los derechos humanos en el ámbito internacional. Los enfoques basados en el cumplimiento de la ley se enmarcan, desde el punto de vista institucional, en el régimen internacional de fiscalización de las drogas, dado que estas actividades están radicadas en la UNODC [Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, cuyo mandato consiste en “contribuir a lograr seguridad y justicia para todos protegiendo al mundo de la delincuencia, las drogas y el terrorismo”], que dirige las iniciativas de las Naciones Unidas en la lucha contra la delincuencia organizada. Esta vinculación entre las esferas de la imposición de la ley y de la fiscalización de las drogas impide en parte que se adopte un enfoque basado en los derechos humanos y que se colabore con los organismos de las Naciones Unidas competentes en este ámbito.
49. Es necesario que se entienda que el sistema internacional de fiscalización de drogas vigente es ineficaz y hay que emprender reformas en todas las instancias normativas. Los gobiernos nacionales deberían implantar programas y normas encaminados a reducir los daños ocasionados por las drogas, destipificar o despenalizar su consumo y posesión, y reformar las regulaciones relativas a los medicamentos esenciales. Los organismos de las Naciones Unidas que participan en la lucha contra las drogas deben asegurar que exista coherencia en todo el sistema adoptando un enfoque de la fiscalización de drogas basado en los derechos humanos, lo que implica necesariamente el reconocimiento de que los derechos humanos son esenciales en su actividad. Estos cambios del sistema internacional también deberían marcar la pauta para las reformas nacionales y dotarlas de legitimidad.
A. Reducción de los daños ocasionados por las drogas y tratamiento basado en pruebas empíricas
50. Las iniciativas orientadas a reducir los daños tienen por objeto reducir los perjuicios asociados al uso de sustancias psicoactivas sin desaconsejar necesariamente su consumo, y es posible que se den en regímenes jurídicos restrictivos. Entre estas iniciativas figuran los programas de distribución de agujas y jeringuillas, la prescripción de medicamentos sustitutivos, las salas habilitadas para el consumo de drogas, los programas orientados a cambiar la vía de administración intravenosa, las prácticas para prevenir la sobredosis y los programas de extensión e información.
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