A., M. B. s/ medidas precautorias
TEXTO
SINTESIS
Desestima el pedido de habilitación de la feria judicial efectuado por los padres de una niña que se encuentra institucionalizada hace más de un año por una medida cautelar -motivada en una denuncia por abuso sexual como N.N. y apuntando a los padres una supuesta culpabilidad-, con el objeto de avanzar con pericias pendientes ante el Cuerpo Médico Forense. Entiende que la prueba que se pretende producir durante el receso, no es más que la intención de continuar con el trámite propio de la causa e implica una petición que excede el marco excepcional de actuación durante la feria judicial. Entiende que la situación de la menor requiere de un abordaje pronto y profundo, pero que ello no implica desatender que, al momento, su situación mantiene una solución provisoria a partir de su permanencia en un hogar para niños, jóvenes y adolescentes. Además considera que la inminente culminación del receso judicial y las particulares cuestiones debatidas, justifican que sea el juez natural de la causa y los demás funcionarios intervinientes quienes continúen con la producción de las pericias pendientes.
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