martes, 5 de agosto de 2014

Fallo Guarda provisoria de hermanos. Alta conflictividad de progenitores.

C. N. c/ P. C. s/ urgente reintegro

Fallo
Emitida el 01 de Julio de 2014
TRIBUNAL COLEGIADO DE FAMILIA Nro 5 ROSARIO,Santa Fe
Id Infojus: NV8523


TEXTO


SINTESIS
Interés superior del Niño. Otorga la guarda provisoria del hermano mayor de trece años al padre, y asigna el cuidado del hermano de siete años a su madre. Frente a la alta conflictividad de los progenitores, se ordena el contacto entre los hermanos y coetáneamente del progenitor con el hijo que no convive. Asimismo, para la mayor comprensión del significado y reconocimiento de sus hijos como personas, la aceptación de sus necesidades y la defensa de los derechos de quien no puede ejercerlos por sí mismos, ambos padres deberán permanecer, por espacio de una hora, en la lectura de la Convención de los Derechos del Niño, “Ética para Amador” de Fernando Savater y “El Principito” de Antonie de Saint Exupéry.

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