sábado, 18 de octubre de 2014

Recursos Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil

El Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil se constituye en la Provincia a partir de la Ley 13.634, que define a la Secretaría de Niñez y Adolescencia como la contraparte del Poder Ejecutivo encargada de formular, coordinar y ejecutar políticas, programas y medidas destinadas a prevenir el delito juvenil, asegurando los derechos y garantías de los jóvenes infractores a la ley penal, además de generar ámbitos para la ejecución de medidas socioeducativas que, centradas en la responsabilidad del joven infractor, posibiliten su real inserción en su comunidad de origen.

La norma creó el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, entendido como el Ministerio Público del Joven, compuesto por Fiscales y Defensores Oficiales, que intervienen en todas las etapas del proceso: el Fiscal encarando la investigación y suma de pruebas para la acusación y el Defensor a cargo de la defensa. Pero además instauró los Juzgados de Garantías del Joven, que llevan adelante el control de la investigación preliminar y es responsable de las medidas que se tomen con respecto al joven durante el proceso; el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil, órgano de juzgamiento que resuelve la aplicación de medidas, salvo delitos graves en que toma intervención el Tribunal de Responsabilidad Penal.
En tanto el Ejecutivo Provincial, a través de la actual Secretaría de Niñez y Adolescencia, crea mediante Resolución 127/07 los dispositivos institucionales del Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, que funcionan bajo su órbita. Los destinatarios de esos dispositivos son jóvenes menores de 18 años en conflicto con la ley penal.

Actualmente hay alojados unos 480 jóvenes privados de la libertad por transgresiones a la ley penal, 110 en régimen de semi libertad o abiertas y 2200 con medidas socioeducativas alternativas a la privación a la libertad.

RECURSOS:

- Centros de Recepción: Son establecimientos de régimen cerrado para el cumplimiento de la detención y de medidas preventivas de privación de libertad ordenadas por los Tribunales en el marco de un proceso penal. Recepcionan en primera instancia a los jóvenes aprehendidos (imputables o inimputables) por disposición judicial comunicada por oficio. Su función es la evaluación de los jóvenes a quienes se haya impuesto una medida judicial cautelar y/o sancionatoria, restrictiva o privativa de la libertad ambulatoria o de seguridad (para inimputables ). Hay 4 Centros de este tipo con capacidad para 284 jóvenes.

- Centros Cerrados: Creados para el cumplimiento de medidas privativas de la libertad ordenadas por la Justicia, en el marco de un proceso penal. Existen 10 con un total 167 plazas.

- Centros de Contención: Establecimientos para la ejecución de medidas de índole cautelares o sancionatorias, restrictivas de la libertad ambulatoria, ordenadas por la autoridad judicial competente. Funcionan 14 con 160 plazas.

- Centros de Referencia: Establecimientos en cada departamento judicial, de atención ambulatoria, para el cumplimiento de medidas cautelares o sancionatorias alternativas a la restricción o privación de la libertad ambulatoria, ordenadas por los juzgados o tribunales competentes en el marco de un proceso penal seguido a personas menores de edad. Con funciones de evaluación, atención y/o derivación de los jóvenes a programas desconcentrados en municipios u organizaciones de la comunidad.

PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE PERSONAL PARA CENTROS CERRADOS

Uno de los principales objetivos del personal perteneciente al Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil es construir responsabilidad en los jóvenes, que les brinde una posición subjetiva de mayor implicación en sus actos. Con este fin se puso en práctica una Programa de Capacitación al personal de los Centros de Máxima Seguridad, que tiene como ejes:

• Conocer y discutir la normativa nacional y provincial vigente en general y en particular en lo referente a jóvenes privados de libertad.
• Analizar los Regímenes de Vida y Regímenes Disciplinarios de los Centros Cerrados y Centros de Recepción de la Provincia de Buenos Aires.
• Elaborar un reglamento básico que se aplicable, con particularidades, en todos los centros para jóvenes con privación de libertad.
• Impulsar que los asistentes a la capacitación sean agentes multiplicadores, en sus instituciones de pertenencia, de las nuevas modalidades de trabajo.

Población Destinataria: personal de los Centros Cerrados.

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