C. M. E. y J. R. M. c/ O.S.D.E. por medidas cautelares
TEXTO
cme._y_jrm._c._osde._por_medidas_cautelares.pdfSINTESIS
Interés superior del niño. Ordena a una empresa de medicina prepaga afiliar precautoriamente a los tres niños concebidos por gestación por sustitución al plan médico de sus padres biológicos. Considera que debe tenerse por acreditado el derecho que les asiste a estos niños a contar con la mejor cobertura médica adecuada al nivel de vida de la familia y sin limitaciones burocráticas, así como el derecho -y el deber- de su familia biológica de garantizar la tutela preventiva en la atención de la salud de los niños.
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