Si bien se reconoce el valor de la resolución ministerial (Resolución Ministerial Nº 3146/12) para la protección de los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres, ha de recordarse que el Comité de Derechos Humanos (ONU), órgano de vigilancia del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, expresó que con relación a los Protocolos de Aborto No Punible, Argentina debe garantizar que existan en todas las provincias y jurisdicciones a su cargo y deberán estar respaldados por leyes del máximo nivel. No basta una resolución ministerial.
Este señalamiento corresponde a un dictamen del el Comité de Derechos Humanos, en el que se responsabilizó a la Argentina por incumplir el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en en el caso de una adolescente bonaerense con discapacidad intelectual que debió transitar un embarazo producto de una violación y luego someterse a un aborto peligroso en el circuito clandestino, porque el Estado no hizo cumplir un fallo favorable de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, dictado en 2006
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