martes, 22 de julio de 2014

Supresion apellido paterno por abandono.

L. K. N. s/ autorización
FALLO 16 de junio de 2014
JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nro 38. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERA
LId Infojus: NV8330

TEXTO

SÍNTESIS
Hace lugar al pedido de supresión del apellido paterno, y utilizar sólo el de la madre, efectuado por un hombre que fue abandonado por su padre al momento de contar con 12 años de edad y, hasta el momento, no volvió a saber de él. Considera que, para merituar tal petición, resulta necesario efectuar una detenida valoración jurisdiccional de los justos motivos que establece la normativa para su procedencia, vinculado no sólo a cuestiones de extrema gravedad e imperiosa necesidad, sino también a todas aquéllas razones serias y fundadas en situaciones tanto materiales como morales. En consecuencia, dada la valoración de la prueba producida en la causa, admite como justos los motivos esgrimidos por el solicitante para lograr la supresión del apellido paterno.

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