S, L. E s/ declaración de incapacidad
FALLO 20 de noviembre de 2013
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL,
CONCILIACION Y FAMILIA. CORDOBA
Id Infojus: NV6724
SÍNTESIS
Inhabilitación especial para
persona con Síndrome de Down. Se declara la inhabilitación especial prevista en
el art. 152 bis del Código Civil respecto de un joven que padece síndrome de
Down y no su insania, tal como pidió su familia. Manifiesta que tal decisión es
la mejor para el interés del joven discapacitado, dado que la pericia
interdisciplinaria arroja como resultado un retraso mental moderado y es una
persona que ha sido estimulada y acompañada por su familia desde su corta edad,
concurriendo a talleres y realizando trabajos.
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