Una vez más, la inacción del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires impide la externación de niñas, niños y adolescentes de hospitales psiquiátricos a pesar de contar con alta médica, privándolos de su libertad.
La Asesoría General Tutelar del Ministerio Público del Poder Judicial de la CABA encabezada por la Dra. Laura C. Musa juntamente con la Asesoría Tutelar de Primera Instancia No.2 ante el Fuero Contencioso, Administrativo y Tributario de la CABA, a cargo del Dr. Juan Carlos Toselli, presentaron el pasado 19 de abril de 2010 una acción de amparo, la cual se radicó en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario No.13, con el objeto de que se ordene judicialmente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cumplir con su obligación de otorgar el recurso adecuado que permita la externación de varios niños y adolescentes internados y privados de su libertad en hospitales psiquiátricos, a pesar de contar con alta médica de internación desde febrero de 2010.
Se trata de niños y adolescentes que sin prescripción médica siguen sometidos al encierro psiquiátrico, lo cual implica no sólo el suministro de medicación innecesaria sino también una privación de la libertad, por tratarse de internaciones a puertas cerradas.
La desidia del Gobierno de la Ciudad vulnera de forma grosera todos los derechos reconocidos por nuestro ordenamiento interno y por el derecho internacional de los derechos humanos, ya que la permanencia de los niños y jóvenes en un hospital psiquiátrico deviene inadecuada y perjudicial para su salud mental, negándoles la posibilidad de rehabilitación, educación y esparcimiento en un lugar acorde a sus necesidades, como pueden ser los hospitales de día.
La acción de amparo denuncia un acto u omisión del Gobierno de la CABA que implica una vulneración al derecho a la salud mental y a la vida.
Por otra parte, es evidente que la falta de externación responde claramente a la precaria situación socio-económica que atraviesan estos niños y jóvenes internados, sin acceso a un lugar donde alojarse de acuerdo a sus necesidades. Sin lugar a dudas, es el Estado, por medio de la Dirección General de Niñez y Adolescencia y el Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la CABA, el responsable de proveer las políticas públicas a efectos de revertir dicha situación de palmaria discriminación y la consecuente vulneración del derecho a la igualdad.
Paralelamente y a fin de cesar con la privación a la libertad que esta situación de prolongación innecesaria de la internación implica, el Dr. Carlos Bigalli, Asesor Tutelar de Primera Instancia ante el Fuero Penal, Contravencional y de Faltas Nº 1, presentó una acción de habeas corpus colectivo. El 20 de abril de 2010 el titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas No.11 resolvió hacer lugar a la presentación y ordenar a los hospitales psiquiátricos que informen sobre la situación actual de los niños y adolescentes que se encuentran internados.
Complementariamente, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante fallo unánime, dejó sin efecto la resolución de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas que había desestimado el hábeas corpus interpuesto en 2009, pues consideró que los jueces se apartaron de la ley, afectando “en este caso, de particular trascendencia en razón de los sujetos involucrados, el debido proceso legal y el derecho de defensa en juicio”.
Esta alentadora resolución es de importancia trascendental en la materia, la cual traerá consecuencias favorables para todas aquellas personas menores al momento de contar con alta médica de internación.
Carlos Bigalli afirmó que la decisión del Tribunal Superior de Justicia “posibilitará abordar, en sede jurisdiccional, la práctica estatal de recluir a los hijos de los pobres en instituciones totales de atención psiquiátrica sin finalidad de tratamiento médico”.
Laura Musa, Asesora General Tutelar, destacó la importancia de la decisión del máximo tribunal de la ciudad, afirmando que “efectivizó las garantías constitucionales de niñas, niños y adolescentes que, por el obrar del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, padecen una indebida internación psiquiátrica”.
>> Ver Acción de Amparo por psiquiatrización de la pobreza-19.04.2010.
>> Ver Fallo del Tribunal Superior de Justicia- 29.04.2010. Habeas corpus por psiquiatrización de la pobreza iniciado en septiembre de 2009.
Asesoría General Tutelar
agt@jusbaires.gov.ar
5297-8015/16
La Asesoría General Tutelar del Ministerio Público del Poder Judicial de la CABA encabezada por la Dra. Laura C. Musa juntamente con la Asesoría Tutelar de Primera Instancia No.2 ante el Fuero Contencioso, Administrativo y Tributario de la CABA, a cargo del Dr. Juan Carlos Toselli, presentaron el pasado 19 de abril de 2010 una acción de amparo, la cual se radicó en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario No.13, con el objeto de que se ordene judicialmente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cumplir con su obligación de otorgar el recurso adecuado que permita la externación de varios niños y adolescentes internados y privados de su libertad en hospitales psiquiátricos, a pesar de contar con alta médica de internación desde febrero de 2010.
Se trata de niños y adolescentes que sin prescripción médica siguen sometidos al encierro psiquiátrico, lo cual implica no sólo el suministro de medicación innecesaria sino también una privación de la libertad, por tratarse de internaciones a puertas cerradas.
La desidia del Gobierno de la Ciudad vulnera de forma grosera todos los derechos reconocidos por nuestro ordenamiento interno y por el derecho internacional de los derechos humanos, ya que la permanencia de los niños y jóvenes en un hospital psiquiátrico deviene inadecuada y perjudicial para su salud mental, negándoles la posibilidad de rehabilitación, educación y esparcimiento en un lugar acorde a sus necesidades, como pueden ser los hospitales de día.
La acción de amparo denuncia un acto u omisión del Gobierno de la CABA que implica una vulneración al derecho a la salud mental y a la vida.
Por otra parte, es evidente que la falta de externación responde claramente a la precaria situación socio-económica que atraviesan estos niños y jóvenes internados, sin acceso a un lugar donde alojarse de acuerdo a sus necesidades. Sin lugar a dudas, es el Estado, por medio de la Dirección General de Niñez y Adolescencia y el Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la CABA, el responsable de proveer las políticas públicas a efectos de revertir dicha situación de palmaria discriminación y la consecuente vulneración del derecho a la igualdad.
Paralelamente y a fin de cesar con la privación a la libertad que esta situación de prolongación innecesaria de la internación implica, el Dr. Carlos Bigalli, Asesor Tutelar de Primera Instancia ante el Fuero Penal, Contravencional y de Faltas Nº 1, presentó una acción de habeas corpus colectivo. El 20 de abril de 2010 el titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas No.11 resolvió hacer lugar a la presentación y ordenar a los hospitales psiquiátricos que informen sobre la situación actual de los niños y adolescentes que se encuentran internados.
Complementariamente, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante fallo unánime, dejó sin efecto la resolución de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas que había desestimado el hábeas corpus interpuesto en 2009, pues consideró que los jueces se apartaron de la ley, afectando “en este caso, de particular trascendencia en razón de los sujetos involucrados, el debido proceso legal y el derecho de defensa en juicio”.
Esta alentadora resolución es de importancia trascendental en la materia, la cual traerá consecuencias favorables para todas aquellas personas menores al momento de contar con alta médica de internación.
Carlos Bigalli afirmó que la decisión del Tribunal Superior de Justicia “posibilitará abordar, en sede jurisdiccional, la práctica estatal de recluir a los hijos de los pobres en instituciones totales de atención psiquiátrica sin finalidad de tratamiento médico”.
Laura Musa, Asesora General Tutelar, destacó la importancia de la decisión del máximo tribunal de la ciudad, afirmando que “efectivizó las garantías constitucionales de niñas, niños y adolescentes que, por el obrar del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, padecen una indebida internación psiquiátrica”.
>> Ver Acción de Amparo por psiquiatrización de la pobreza-19.04.2010.
>> Ver Fallo del Tribunal Superior de Justicia- 29.04.2010. Habeas corpus por psiquiatrización de la pobreza iniciado en septiembre de 2009.
Asesoría General Tutelar
agt@jusbaires.gov.ar
5297-8015/16
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