domingo, 17 de abril de 2011

Derecho a la Educacion

"S. M. N. D. y otro c/ C. P. E.M. nº 4 s/ medida autosatisfactiva" – JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERÍA DE LA V CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CHOS MALAL (Neuquén) - 22/03/2011 (Sentencia firme)DERECHO A LA EDUCACIÓN. ESCUELA PÚBLICA SECUNDARIA. Alumna inscripta para cursar sus estudios durante el turno mañana. Asignación del turno tarde. Circunstancia que impide continuar con otros estudios extra programáticos que realizaba luego del mediodía. AFECTACIÓN DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN INTEGRAL. MEDIDA AUTOSATISFACTIVA. PROCEDENCIA. Vulneración de la normativa nacional y supranacional de Derechos Humanos. “EDUCACIÓN DE CALIDAD”. CONCEPTO Y ALCANCES. Remisión a las recomendaciones de la UNESCO. LEY 26061. SE ORDENA LA INCORPORACIÓN INMEDIATA DE LA MENOR EN EL TURNO MAÑANA Citar: elDial.com - AA69BE Publicado el 13/04/2011 Copyright 2011 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Argentina

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