viernes, 10 de mayo de 2013

JURISPRUDENCIA RÉGIMEN DE VISITAS. Oposición e incumplimiento injustificado por parte de la progenitora


Expte. N° 22.895/12 - “A., L. C/ L., A. S/ Incidente familia” – CNCIV – SALA G – 08/04/2013

MENORES. RÉGIMEN DE VISITAS. Oposición e incumplimiento injustificado por parte de la progenitora. Vínculo paterno filial interrumpido y postergado durante un prolongado período. RESOLUCIÓN QUE OTORGA LA GUARDA DE LOS NIÑOS AL PROGENITOR, A TÍTULO TUTELAR Y PROVISORIO. Confirmación. Resguardo inmediato de la integridad psíquica y emocional de los menores. Arts. 3, 9 y 19 de la Convención de los Derechos del Niño 

“Los argumentos ensayados no alcanzan para desvirtuar la decisión adoptada por la juez de grado en el pronunciamiento cuestionado, a poco que se repare en que no rebate el principal argumento tenido en cuenta por la juez a quo referido a la permanente oposición e incumplimientos de la recurrente a los regímenes de visitas decididos -con carácter firme- durante el trámite de estas actuaciones y las conexas; actitud obstruccionista que quedó demostrada con el comportamiento que adoptó en la audiencia del 12 de julio de 2012, al negarse a ser entrevistada por la Lic. S. y firmar el acta.”

“...en función de las prescripciones contenidas en los arts. 3, 9 y 19 de la Convención de los Derechos del Niño, y con motivo en la falta de colaboración de la madre para permitir ejercer el derecho de sus hijos a mantener una natural relación con su padre, la decisión arribada en la anterior instancia aparece plenamente justificada.”

“En autos el otorgamiento a título tutelar y provisorio de la guarda de los niños I. y M. a su padre, no tuvo por finalidad asegurar la atribución definitiva, sino -a tenor de la valoración efectuada por la a quo que atendió a la petición incoada a fs. ...., a la que se sumó el Ministerio Pupilar de la anterior instancia - a resguardar, en forma inmediata, la integridad psíquica y emocional de los menores, de modo de asegurar una acción de vinculación concreta con el padre, interrumpida y postergada durante un prolongado período, conforme se desprende de las constancias de la causa y sus conexos.”
Citar: elDial.com - AA7E26
Publicado el 10/05/2013
Copyright 2013 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Argentina

No hay comentarios: