domingo, 21 de julio de 2013

Fallo sobre derecho a la salud.

CAUSA 4382/2012 –S.I- “F. O. W. c/ Instituto Nac de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y otro s/ amparo” – CNCIV Y COMFED – SALA I – 05/03/2013
DERECHO A LA SALUD. DISCAPACIDAD. MEDIDA CAUTELAR. Paciente con HIPOACUSIA. OBRAS SOCIALES. Pretensión de que se ordene cautelarmente la cobertura de un implante coclear con la provisión de una prótesis importada. Procedencia. Existencia de una recomendación médica respecto de la necesidad de la prótesis importada. Obligación de las obras sociales de cubrir audífonos y prótesis auditivas. Art. 3º Ley 25.415

“… de los elementos probatorios reunidos en la causa hasta el momento, se desprende que la demandada no ha desconocido su obligación legal en cuanto a la cobertura del implante coclear solicitado. En cambio, existe controversia en orden al modelo del implante reclamado, en tanto el INSSJP ofrece cubrir un modelo nacional el que no es el indicado por el médico que atiende al demandante.”
 “… la ley 24.901 instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos (art. 1). En lo concerniente a las obras sociales, dispone que tendrán a su cargo, con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la ley, que necesiten los afiliados con discapacidad (art. 2).”

“La amplitud de las prestaciones previstas en la ley 24.901 resulta ajustada a su finalidad, que es la de lograr la integración social de las personas con discapacidad (ver arg. arts. 11, 15, 23 y 33). Por lo demás, la ley 23.661 dispone que los agentes del seguro de salud deberán incluir, obligatoriamente, entre sus prestaciones las que requieran la rehabilitación de las personas discapacitadas (art. 28).”
 “… el art. 3º de la ley 25.415 —Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia— establece que las obras sociales deberán brindar obligatoriamente las prestaciones que contempla dicho texto legal, incluyendo la provisión de audífonos y prótesis auditivas así como rehabilitación fonoaudiológica.”
 “… cabe ponderar que los específicos términos de la prescripción del médico tratante, expresan las razones por las cuales se indica el tipo “Nucleus Freedom” para el implante coclear que se hará al Sr. W. F. O.”
 “… teniendo en cuenta que el juzgamiento de la pretensión cautelar sólo es posible mediante una limitada aproximación a la cuestión de fondo sin que implique avanzar sobre la decisión final de la controversia, resulta razonable hacer prevalecer el derecho a la salud del actor y mantener la medida cautelar.”
  
Citar: elDial.com - AA7FFF
Publicado el 10/07/2013
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