lunes, 3 de febrero de 2014

Los crímenes de Luciana y Priscila desde la mirada del Instituto de Derecho de Niñez y Adolescencia del CAM

Fuente: CAM

La Asociación Argentina de Protección del Maltrato Infantojuvenil (ASAPMI) emitió un comunicado sobre los recientes y resonantes casos policiales que tuvieran como protagonistas a las niñas Priscila y Luciana. Ambos crímenes cometidos presuntamente en el seno familiar. La directora del Instituto de Derecho de Niñez y Adolescencia del CAM, la Dra. Gladys Mónica Núñez, aportó su mirada sobre las actividades que realiza el Instituto que preside y repasó la legislación vigente

Compartiendo el comunicado realizado por ASAPMI que transcribimos más abajo, desde el Instituto de Derecho de Niñez y Adolescencia del CAM, nos gustaría hacer algunos  comentarios.
Somos conscientes que las leyes que crearon el sistema de promoción y de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, surgieron en respuesta a una Recomendación  efectuada por el Comité Ejecutivo de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN). También es cierto que actualmente y a varios años de su puesta en marcha, todavía siguen existiendo algunas falencias (económicas, edilicias y humanas entre otras), todas solucionables, ya que existen muchos efectores del sistema dispuestos a lograr que así ocurra, dotados de un espíritu comprometido en brindar ayuda y contención a  nuestros niños y adolescentes.

Dentro de ese grupo de efectores, nos encontramos enrolados los miembros del Instituto de Derecho de Niñez y Adolescencia. Desde este lugar, y con el apoyo de nuestro Colegio, apuntamos a la capacitación constante de los profesionales del derecho y  de  otras ramas o disciplinas, a través del dictado de charlas de iniciación profesional, donde año a año la concurrencia se ve incrementada.
También se ha lanzado una campaña sobre violencia en el noviazgo adolescente tendiente a su desnaturalización, brindando en la actualidad charlas en instituciones educativas y sociales en general.
Hemos participado y dado a difusión los derechos y obligaciones plasmados en la CDN de rango constitucional, a través entrevistas radiales, de medios gráficos virtuales y de las redes sociales. Continuamos con la actualización constante de nuestro blog, medio fundamental en la tan necesaria capacitación a que se hace referencia, siendo un recurso de fácil acceso con gran número de seguidores.
La participación de integrantes del poder judicial es cada vez mayor, ya que se han fortalecido los vínculos, realizando aportes muy ricos ya sea como disertantes o asistentes a las charlas que se dictan desde el Colegio. Otros Institutos  siguen estos mismos pasos y políticas preventivas.
Es una gran lucha la que debemos enfrentar, ya que los obstáculos son diversos, tal como menciona el comunicado. Reconocemos que la falta de una partida presupuestaria adecuada, limita la implementación de las medidas de protección o promoción que deben tomarse.  Pero consideramos que actuando en forma coordinada –en red-, podemos hacer una valiosa contribución, hasta tanto el gobierno amplíe los fondos para este sector, esperando que sea lo más pronto posible.
Veríamos de buen grado la puesta en funcionamiento del registro socio demográfico de las denuncias efectuadas sobre violencia familiar que debe llevar la Suprema Corte de Justicia y la Procuración General, según el artículo 18 de la ley 14.509 modificatoria de la ley de violencia familiar provincial. Esta ley también pone en cabeza de dichos organismos, formar a miembros del poder judicial sobre Violencia Familiar con perspectiva de género, aspiración muy requerida por las distintas instituciones y Ong´s que trabajan en la temática. No podemos dejar de mencionar las acertadas incorporaciones efectuadas  por la ley 14.537 a la ley 13.298.
Concluyendo, podemos decir que estamos realmente convencidos que aún falta mucho por hacer, que es grande la deuda que tenemos con nuestros niños, pero como todo camino de mil millas comienza con un primer paso... es dable destacar que éste ya fue dado, aunque tímidamente hace algunos años, debiendo seguir caminando con pasos firmes y sin descanso para que no sigan ocurriendo situaciones que nos avergüencen o dañen la integridad psicofísica de los verdaderos destinatarios de esas políticas públicas: LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES.
Dra. Mónica Núñez
Directora del Instituto de Derechos
Niñez y Adolescencia del CAM



A continuación, se transcribe el comunicado de ASAPMI:
Priscila y Luciana
"Los medios de comunicación han informado recientemente sobre dos casos atroces y brutales de filicidios que llevaron a las muertes evitables y previsibles de dos niñas pequeñas: Priscila y Luciana.
La muerte de Priscila particularmente parece demostrar -por un lado- la increíble parsimonia y morosidad de la actuación del Servicio de Justicia y -por otro- el incumplimiento frecuente por parte de algunas personas de la obligación legal que impone a representantes legales, profesionales de la salud, educadores, servicios sociales y asistenciales y funcionarios públicos en razón de su profesión, denunciar los casos en que al menos se sospecha razonablemente que niños, niñas, adolescentes, ancianos/as, discapacitados/as y personas con padecimientos psiquiátricos severos, son víctimas de violencia física, emocional y/o sexual por parte de algún integrante de su grupo familiar, sea conviviente o no. Así lo establecen con asertividad las leyes provinciales y nacionales de Protección contra la Violencia Familiar, incluyendo -en el caso de la provincia de Buenos Aires- sanciones pecuniarias para quien no cumple dicha obligación sin perjuicio de otras responsabilidades civiles y penales. Paralelamente las mismas leyes establecen la facultad de denunciar para cualquier persona que tenga conocimiento de este tipo de hechos, y en este caso particular muchas personas declararon ante las cámaras de televisión, estar al tanto de la violencia física severa que esta niña padecía por parte de su madre biológica.
No podemos dejar de mencionar que a fines de 2013 la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires debió conminar al Poder Ejecutivo bonaerense al cumplimiento de las obligaciones asumidas en relación a la infancia en riesgo. No podemos dejar de denunciar que en este momento muchos niños y niñas de esta provincia -respecto de los cuales se habrían dispuesto medidas proteccionales para que sean separados de su grupo familiar debido a las diferentes formas de maltrato grave y crónico que vienen padeciendo- deben permanecer en estos grupos familiares maltratantes por falta de recursos estatales disponibles como para ser alojados en lugares alternativos que garanticen su protección y el respeto de sus derechos básicos.
En el caso de Luciana los medios de comunicación aluden a la demora y a la irresponsabilidad de los organismos administrativos en la elaboración de un diagnóstico de riesgo que hubiera justificado el dictado de una medida proteccional que permitiera retirar a la niña de un grupo familiar (al igual que con Priscila: madre biológica y padrastro) de altísimo riesgo, y el otorgamiento de la guarda a la abuela materna.
Ahora bien, volvemos a insistir como en las postrimerías de la sanción de la Ley Federal de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes , que en lo atinente al matrato infanto juvenil intrafamiliar en cualquiera de sus modalidades, el Poder Judicial -especialmente los Juzgados y los Tribunales de Familia- no puede continuar teniendo un rol pasivo de mero contralor de los organismos administrativos.
Si bien el funcionamiento y la eficacia de los organismos administrativos varía estructuralmente en las diferentes provincias, no podemos desconocer que muchas de las deficiencias empiezan con un total desinterés de los estados provinciales y municipales en la creación de los organismos que a su vez cuenten con el sustento necesario para lograr que los Derechos de la Infancia se concreten y no meramente se declamen. En efecto, hemos cuestionado la precarización extrema de los contratos y las condiciones de trabajo de los profesionales que integran las Defensorías Zonales del GCBA y de los Servicios Locales y Zonales de la provincia de Buenos Aires. Al mismo tiempo hemos señalado que no se respetan criterios de selección de los profesionales y operadores que los integran, como también hemos denunciado que a los mismos no se les brinda la capacitación, el entrenamiento, la supervisión y la contención que merecen para que puedan llevar adelante sus funciones en forma idónea.
Podemos decir que en muchos casos los filicidios y la reiteración de hechos graves de violencia contra niños, niñas y adolescentes en el ámbito doméstico estarían directamente relacionados con la degradación, la desconsideración y el desconocimiento de los marcos teóricos y estrategias de intervención específicos en la temática referida; es decir, el paradigma de la Protección y Promoción Integral de Derechos y el Interés Superior del Niño/a y adolescente como guía de las actuaciones profesionales. Esto habría favorecido intervenciones iatrogénicas que sacralizaron la protección del  vínculo biológico de cualquier manera y a cualquier precio, enalteciendo -paradojalmente- los derechos parentales por sobre los derechos de la infancia, tal vez como fallida respuesta a los excesos que se produjeron durante la vigencia del Patronato de Menores.
Es importante que las muertes de Priscila y Luciana sirvan para que toda la comunidad pueda tomar conciencia de la necesidad de visibilizar el fenómeno del FILICIDIO, como una forma extrema y aberrante de MALTRATO INFANTIL. Lamentablemente, el maltrato infantil también se presenta bajo otras múltiples modalidades sobre las que resulta crucial intervenir adecuadamente en tiempo y forma como modo de evitar desenlaces que terminen por cobrarse la vida de nuestros/as niños/as.
Es realmente necesario contar con investigaciones fiables sobre la frecuencia y la magnitud de este flagelo, así como también debería adaptarse la legislación, e intentar una intervención mancomunada de los organismos de Justicia, Administrativos, de Salud, Educación, Fuerzas de Seguridad y de la comunidad toda.
Tratándose de los derechos personalísimos de la infancia -como el derecho a la vida, a la integridad física y emocional, a la inocencia- nadie puede, ni debería, permanecer indiferente".
El escrito está fechado el 18 de enero de 2014 en la Ciudad de Buenos Aires y lleva las firmas de la presidenta y la secretaria de la Comisión Directiva, Lic. Patricia Visir y Dra. María Inés Bringiotti, respectivamente

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